En resumen. Las marcas colombianas ya tienen un acuerdo comercial con la UE. La ventaja arancelaria existe, pero solo se aprovecha con una prueba de origen en regla, y no exime de ninguna norma de producto.
El acuerdo comercial UE-Colombia
El acuerdo comercial entre la UE, Colombia, Perú y Ecuador se aplica provisionalmente con Colombia desde el 1 de agosto de 2013. Para beneficiarse del arancel preferencial, el producto debe ser originario de Colombia según las reglas del acuerdo.
La prueba de origen es un certificado EUR.1, expedido por las autoridades aduaneras del país exportador, o una declaración de origen del exportador. Un exportador autorizado puede emitirla para cualquier valor; los demás, para envíos de hasta 6.000 €. Fuente: Access2Markets, Comisión Europea.
Lo que el acuerdo cambia para su marca
- Los aranceles preferenciales, producto por producto, siempre que se demuestre el origen.
- Un mercado ya abierto: los exportadores colombianos hacia la UE pasaron de unos 1.600 en 2012 a 3.819 en 2024.
- El apoyo público: ProColombia acompaña a las empresas en ferias como Colombiamoda; nuestra Selección País está pensada para estos organismos.
Lo que debe preparar, según su categoría
Un acuerdo comercial reduce aranceles. No cambia ninguna norma de producto: su marca se vende en la UE con las mismas reglas que una marca europea.
- Moda y textil. Etiqueta de composición en fibras en la lengua de cada país de venta, según el Reglamento (UE) 1007/2011, y control de sustancias restringidas por REACH, como ciertos colorantes azoicos.
- Belleza y cosmética. Una persona responsable establecida en la UE, un expediente de información del producto, una evaluación de seguridad y la notificación en el portal CPNP antes de la primera venta, según el Reglamento (CE) 1223/2009. Los ingredientes se declaran en nomenclatura INCI.
- Accesorios, marroquinería y joyería. Desde el 13 de diciembre de 2024, el Reglamento (UE) 2023/988 exige un operador económico establecido en la UE, identificado en el producto. Para la joyería, REACH limita el níquel, el plomo y el cadmio. Las pieles de especies protegidas requieren permisos CITES.
Los trámites para vender en la Unión Europea
- Una estructura o un importador. Para presentar su marca a compradores no necesita sociedad. Para vender, necesita un importador o su propia estructura en la UE.
- Número EORI. Obligatorio para la empresa que importa en la UE.
- IVA. Alta en el país de importación y, para la venta en línea a particulares, ventanilla única OSS o IOSS.
- Marca de la UE. Un registro ante la EUIPO protege su marca en los 27 Estados miembros. Conviene hacerlo antes de cualquier presentación pública.
- Logística. Clasificación arancelaria de cada producto, agente de aduanas, almacén en la UE y reposición.
El detalle, categoría por categoría, está en nuestra página Trámites legales.
Por dónde empezar: el recorrido en 4 etapas
- Evaluar, 2 semanas: producto, precio, imagen, conformidad y logística frente a las exigencias europeas, con un veredicto escrito.
- Presentar, 2 a 3 meses: su marca en París ante al menos 15 compradores europeos cualificados, sin crear sociedad.
- Instalarse, unos 6 meses: estructura legal, productos conformes, aduana, IVA y logística.
- Vender, contrato anual: un representante en Europa, búsqueda de revendedores y presencia cada temporada.
Puede empezar por la primera etapa sin comprometerse con las demás. Acompañamos marcas premium y de lujo de moda, accesorios y belleza con una facturación superior a 5 M USD.
Fuentes: Access2Markets, acuerdo UE-Colombia, Perú y Ecuador.
Dos semanas para saberlo, con un veredicto escrito.
